CHEQUES RESTAURANTE

El cheque-restaurante es indemnizatorio cuando se compensa por comer fuera del domicilio, y es salarial cuando se abona al margen del trabajo realizado. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha notificado una sentencia, de 3 de octubre de 2012, sobre un recurso de casación para unificación de doctrina planteado respecto a la naturaleza de los cheques de comida: si tienen carácter salarial o no, lo que en el primer caso determinaría su inclusión como salario computable para calcular una indemnización por despido improcedente. La diferente solución viene dada en función de la operativa seguida en cada caso por la empresa, así como de las circunstancias concurrentes, dados los hechos probados, y de las alegaciones de las partes.