NOVEDADES MÁS SIGNIFICATIVAS PREVISTAS EN LAS DIFERENTES NORMAS LABORALES Y EN SEGURIDAD SOCIAL DE MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO.

Real Decreto-ley 4/2013,( BOE núm. 47de sábado 23 de febrero de 2013) de 22 de febrero

Tarifa plana de 50€ en la cotización a la Seguridad Social

Para menores de 30 años y nuevos autónomos que inicien una actividad por cuenta propia durante los primeros 6 meses.

Posteriormente, durante los 6 meses siguientes, se les aplicará una reducción en la base mínima de cotización del 50% y, durante los 18 meses siguientes, una reducción y una bonificación de un 30%, que se amplía en el caso de las mujeres hasta los 35 años.

Compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia.

Durante un máximo de 9 meses la percepción de la prestación por desempleo será compatible con la situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, para menores de 30 años.

Ampliación de las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora

Los beneficiarios de prestaciones por desempleo menores de 30 años podrán capitalizar hasta el 100% de su prestación para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre y cuando se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido.

Igualmente se abre la posibilidad a que la capitalización de la prestación por desempleo pueda utilizarse para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información, así como para cubrir los gastos de constitución de una nueva sociedad.

Facilitación de la creación de empresas

Creación de la figura del “emprendedor de responsabilidad limitada”, mediante la cual las personas físicas podrán ver limitada su responsabilidad por deudas derivadas de su actividad profesional o empresarial, no viéndose afectados determinados bienes tales como la vivienda o vehículos de uso familiar.

Facilitación de la segunda oportunidad empresarial

Establecimiento de un mecanismo ágil, sencillo y barato que abra, para los ciudadanos, empresarios individuales y sociedades de menor dimensión, una vía alternativa al concurso judicial, que sea más flexible, más amplia y más adaptada a las necesidades de estos colectivos que los acuerdos de refinanciación.

Mejora de la red de seguridad de los autónomos menores de 30 años para facilitar una segunda oportunidad, permitiendo reanudar el cobro de la prestación por desempleo tras realizar una actividad por cuenta propia si antes del quinto año se produce una baja en el régimen de autónomos.

Agilización de trámites para la creación de empresas

Agilización de los trámites municipales para el ejercicio de actividades económicas a través de la reforma de la Administración Local.

Lanzamiento del portal “Emprende en tres”, que permitirá a los emprendedores tramitar, de forma más sencilla y accesible, los trámites municipales necesarios para el inicio de actividades económicas sometidas a declaración responsable o comunicación.

Empleabilidad

Mejora de la empleabilidad de los jóvenes

Desarrollo de estímulos para que los jóvenes desempleados puedan obtener el título de Educación Secundaria Obligatoria, mejorando su capacitación y ampliando sus posibilidades de acceso al mercado de trabajo.

Se extenderán los programas formativos dirigidos a la obtención de certificados de profesionalidad y con compromiso de contratación.

Estímulos a la contratación de los jóvenes hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%

Reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y del 100% para el resto, para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa para menores de 30 años sin experiencia laboral previa, que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses.

Reducción del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año cuando se contrate de forma indefinida a un desempleado menor de 30 años. Podrán beneficiarse los autónomos y las empresas de hasta nueve trabajadores.

Contrato “primer empleo joven”, temporal de 6 meses para menores de 30 años desempleados, con incentivos a su trasformación en indefinido.

Incentivos al contrato en prácticas para el primer empleo, para que aquellos jóvenes que han terminado su periodo formativo puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación.

Mejora de la intermediación laboral

Impulso con las Comunidades Autónomas a la colaboración público-privada para la intermediación en el ámbito de los servicios públicos de empleo.

Autorización a las Empresas de Trabajo Temporal a formalizar contratos para la formación y el aprendizaje, aprovechando así sinergias pues muchas ETTs ya prestan servicios de formación.

Portal Único de Empleo que facilite la búsqueda de empleo y donde se alojará toda la información de utilidad para orientar a los jóvenes y poner a su alcance todas las herramientas que faciliten la búsqueda de empleo o el inicio de una actividad empresarial.