NOVEDADES MÁS SIGNIFICATIVAS PREVISTAS EN LAS DIFERENTES NORMAS FISCALES PUBLICADAS, DE MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO.

Real decreto-ley 4/2013, BOE núm. 47de sábado 23 de febrero de 2013, de 22 de febrero

Apoyos fiscales al crecimiento empresarial

Aplicación del IVA de caja para PYMES

Se crea un régimen especial en el IVA, de carácter voluntario, que permita evitar ingresar el IVA hasta que se cobre la factura, sustituyendo el tradicional criterio de devengo (facturación) por el de cobro y pago a todas las operaciones de la PYME.

 Se aplicará a PYMES y autónomos no sujetos al régimen de módulos con un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros, como establece la normativa europea.

 Los clientes y proveedores de la PYME deberán utilizar el criterio de caja.

 Esta medida será aplicable a partir del 1 de enero de 2014.

 Se podrán beneficiar casi 1.300.000 autónomos y más de 1 millón de PYMES.

 Fomento de la reinversión en la actividad económica de los beneficios

 Las empresas con un volumen de negocio inferior a 10 millones de euros podrán deducirse hasta un 10% en la cuota íntegra del IS de los beneficios obtenidos en el período impositivo que se reinviertan en la actividad económica.

Incentivos fiscales a la calidad del crecimiento a través de la innovación empresarial

Se permite que las deducciones por I+D+i que no hayan podido aplicarse en un ejercicio puedan recuperarse mediante un sistema único en España de devoluciones.

Será el único incentivo fiscal del impuesto que no esté condicionado a la existencia de cuota del Impuesto sobre Sociedades, pero vinculado a la creación o el mantenimiento de empleo.

 Apoyos fiscales a la iniciativa emprendedora

 Tributación reducida de sociedades de nueva creación y autónomos durante los dos primeros ejercicios de actividad.

 Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.

 Los autónomos que inicien actividades económicas podrán aplicar una reducción del 20% en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.

 Canalización de recursos a la actividad emprendedora

El inversor particular que participe temporalmente en empresas nuevas o de reciente creación aportando, o capital financiero exclusivamente (capital semilla), o capital financiero acompañado de sus conocimientos empresariales o profesionales para el desarrollo de la actividad de la sociedad en la que invierten (inversor de proximidad o “business angel”) tendrá un doble incentivo fiscal:

 a) Una deducción del 15% en la cuota estatal en el IRPF con ocasión de la inversión realizada al entrar en la sociedad, con un funcionamiento similar a la deducción en vivienda habitual.

b) Una exención parcial de la plusvalía (50%) al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.

La inversión deberá ser temporal, de manera que deban transmitirse las acciones entre el tercer y el noveno año de tenencia de la participación.

Fomento del autoempleo en régimen de autónomos

Los desempleados que decidan establecerse como autónomos podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma de pago único (hasta ahora están exentos solo hasta 15.500€).

 Apoyo a la financiación por 45.000 millones de euros

 Apoyo a la financiación bancaria en 32.000 millones de euros

 Líneas de Mediación del ICO, con una dotación de 22.000 millones de euros .

 Impulso a la estrategia de negocio dirigida a PYMES por las entidades bancarias saneadas, 10.000 millones de euros.

 Sistemas públicos de avales y garantías para la financiación bancaria que permitirán movilizar 1.720 millones de euros.

 Refuerzo del capital de CERSA.

 Creación de una Línea de avales CESCE para PYMES.

 Impulso de la desintermediación bancaria y al capital riesgo, movilizando fondos por 2.176 millones de euros.

 Constitución de un Fondo de Fondos encargado de licitar y adjudicar inversiones entre gestoras de capital riesgo en áreas y sectores vinculados a la internacionalización y la mejora de la competitividad.

 Creación de la Red Nacional de Incubadoras de Empresas

 Refuerzo de los programas de préstamos participativos en empresas

 Impulso a los business angels o inversiones informales

 Mejora del acceso a fondos para la implantación de PYMES españolas en el exterior

  Facilitación del acceso a los mercados de capitales para movilizar 3.300 millones de euros

 Flexibilización del acceso al Mercado Alternativo Bursátil.

 Creación del Mercado Alternativo de Renta Fija (MARFI).

 Creación de la Línea de mediación de pagarés y bonos de empresa para facilitar la puesta en marcha del MARFI.

 Fondo de Titulización de préstamos a PYMES

 Con una dotación de 3.000 millones de euros para avalar emisiones de fondos de titulización de préstamos a PYMES.

 Ampliación del Plan de Pago a Proveedores

 Con una dotación de 2.684 millones de euros.

 Se podrán adherir las Entidades Locales de País Vasco y Navarra incluidas en el modelo de participación en tributos del Estado y determinadas entidades locales distintas del municipio.

 Se incluyen también obligaciones pendientes de pago derivadas de contratos de gestión de servicios públicos, bajo la modalidad de concesión, para facturas anteriores al 31/12/11.

  Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales

 Se establece un plazo de pago de 30 días para todas las operaciones privadas, ampliables como mucho a los 60 y se aumentan los intereses de demora.

 A su vez, las Administraciones Públicas en sus Planes de Ajuste deberán establecer una senda de reducción de sus deudas con proveedores, que será vigilada muy estrechamente.