MODIFICACION DE LAS RETENCIONES. MEDIDAS FISCALES INCLUIDAS EN EL RD-LEY 20/2012

Con efectos desde 01-09-2012, modifica el art.101.3) (Rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias,
coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación  y  el art.101.5 a (101.3) Rendimientos de actividades profesionales establecidos en vía reglamentaria)  párrafo primero de la Ley 35/2006  incrementando del 15% al 19% los porcentajes de retención. No obstante, con carácter transitorio, se aplicará el porcentaje del 21%, previsto en la  DA Trigésima quinta.4 primer párrafo de la Ley 35/2006, a los rendimientos que se satisfagan o abonen desde  01-09-2012 hasta 31-12-2013, según establece la nueva DT Vigésima tercera.

También incrementa del 7% al 9% el porcentaje del art.101.5 a) párrafo segundo de dicha Ley , para el que no establece ningún régimen transitorio.

CUADRO  RESUMEN RETENCIONES

% retención

rendimientos satisfechos o abonados

Supuesto

hasta

31-08-2012

desde 01-09-2012

hasta 31-12-2013

Rendimientos del   trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares,   o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas,   siempre que se ceda el derecho a su explotación (101.3)

15%

21 %

Rendimientos de   actividades profesionales establecidos en vía reglamentaria (101.5 a)

15%

21 %

Rendimientos de   actividades profesionales que se establezcan reglamentariamente  (101.5   a)

7%

9%