NUEVA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA

La nueva ley de seguridad privada contiene aspectos que repercuten en el ámbito laboral.

Resulta esencial ser conscientes que desde junio, cuando se recurra a una empresa de seguridad o a detectives es preciso suscribir un contrato escrito y comunicarlo al Ministerio del Interior u órgano autonómico competente. Por su parte, los detectives pueden investigar sobre conductas o hechos privados relacionados con el ámbito laboral, con la excepción de que constituyan delitos perseguibles de oficio, teniendo igualmente en cuenta que se debe dejar al margen de la investigaciones la vida personal, familiar o social del trabajador que se desarrolla en los domicilios o lugares reservados. Estos puntos que hemos reseñado permiten concluir que desde el día 5 de junio, fecha de entrada en vigor de la Ley, la empresa que presente pruebas en juicio obtenidas por detectives debe estar segura de poder aportar en la vista, tanto el informe final, como el contrato en el que conste el encargo de investigación, ambos realizados y ejecutados conforme a los condicionados y límites expuestos.